Reglamentos de Convalidaciones y Equiparaciones

 


 

 

1.    Introducción


El Reglamento de Convalidaciones y Equiparaciones de la Universidad Metropolitana Castro Carazo, UMCA, se fundamenta en su Política Curricular Institucional, el Reglamento de Régimen Estudiantil, la normativa de CONESUP, los criterios y estándares de la educación superior,  las demandas de la sociedad, las más apremiantes competencias profesionales requeridas por el medio, y los enfoques curriculares vinculantes a las características de la educación superior. Asimismo, establece los procedimientos que deben ser considerados por el estudiante y el personal académico y administrativo.

Lo contemplado en este documento debe ser de conocimiento general por parte de la comunidad universitaria, con el fin de que sea convenientemente implementado y acatado por todas las instancias.

 

El respaldo legal del documento se basa en el Capítulo IX, Artículos 62, 63, 64 y 65 del Reglamento del Régimen Estudiantil.

 

2. Tipos de reconocimiento de cursos

 

Existen dos categorías para el reconocimiento de cursos:

 

 

a)           Convalidación o reconocimiento externo: corresponde al (los) curso (s) que se ha (n) aprobado (s) en una o más  institución (es) parauniversitarias; de educación superior nacional o extranjera antes del ingreso del estudiante a UMCA.

b)           Equiparación o reconocimiento externo: corresponde al (los) curso (s) que se ha (n) aprobado (s) durante la permanencia del estudiante  en UMCA.

 

2.  Condiciones que deben cumplir los cursos para ser acreedores de reconocimiento

2.1.       Convalidación o reconocimiento externo. El (los) curso (s) debe(n) cumplir con los siguientes requisitos:

2.1.1.   Haber sido matriculado y aprobado en una institución parauniversitaria o universitarias;  de educación superior de prestigio, ya sea estatal o privada, reconocida  por el CONESUP o de una extranjera, previo refrendo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

2.1.2.   Demostrar similitud entre objetivos y contenidos hasta un 60%.

2.1.3.   Haber sido aprobado en un grado académico inferior (parauniversitario);  igual o superior al que desea matricular.

2.1.4. No haber sido convalidado previamente por otra institución. Caso de ser así, deberá presentar la certificación original de la institución donde la cursó.

2.1.5.   Formalizar el trámite de convalidación máximo  en el primer cuatrimestre lectivo a partir de la fecha de ingreso a la Universidad. Los casos especiales serán revisados previamente por la Vicerectoria Académica.

2.1.6.    Cumplir con lo establecido en los requisitos y procedimientos para realizar el trámite.

2.2       Reconocimientos internos o equiparaciones: El (los) curso (s) debe(n) cumplir con los siguientes requisitos:

2.2.1.     Haber recibido la autorización y el aval de matrícula para ese efecto y por escrito, por parte del director de carrera.

2.2.2.     Estar dentro de lo estipulado en el Art. 65 del Capítulo IX del Reglamento del Régimen Estudiantil.

2.2.3.     Cumplir con lo establecido en los requisitos y procedimientos para realizar este trámite.

3.            Procedimiento  para realizar estudios de convalidaciones y equiparaciones

3.1.  Para tramitar una convalidación externa, el estudiante debe proceder de la siguiente manera:

3.1.1. Completa el formulario “Solicitud de convalidaciones”.

3.1.2. Adjunta al formulario, el original y copia de la certificación de notas de (los) el (los) programa (s) de estudio o paquete (s) instruccional (es) del (los) curso (s) que desea convalidar, sellado (s) y  firmado (s) por el decano o director de la Universidad de procedencia.

3.1.3.   Entrega la documentación completa al Departamento de Servicio al Estudiante.

 

 

3.2       Para tramitar una convalidación externa, el director académico debe proceder de la siguiente manera:

 

3.2.1.  Analiza con detalle la documentación presentada por el estudiante.

3.2.2. Resuelve la solicitud de acuerdo con la “Guía para convalidar estudios realizados en otra Universidad”, en un plazo no mayor a ocho días hábiles a partir de la fecha en que el estudiante entregó la documentación.

3.2.3. Entrega el resultado del estudio con la documentación completa: “Solicitud de Convalidaciones”, paquetes académicos curriculares y la “Guía para convalidar estudios realizados en otra Universidad” al asistente de la Vicerrectoría de Docencia con el fin de validar esta primera revisión.

3.2.4. Una vez ratificada la convalidación se entrega al Servicio al Estudiante quien comunica al estudiante el resultado de su solicitud y le indica que debe  cancelar, en la Dirección Financiera, los derechos de convalidación de materias, de acuerdo con el monto vigente y aprobado por Junta Directiva.

3.2.5. El Departamento de Registro que el estudiante haya cancelado los derechos de la convalidación y de inmediato, registra el trámite y aplica en el sistema.

Nota:  Cabe destacar que en el caso de las Sedes las convalidaciones una vez ratificadas por la Vicerrectoría de Docencia son trasladadas al Asesor Corporativo para ser entregadas a la sede respectiva.

 

3.3.       Para tramitar una convalidación interna o equiparación, el estudiante debe proceder de la siguiente manera:

 

3.3.1.           Completa el formulario “Solicitud de convalidaciones internas o equiparaciones” indicando el Plan de Estudios al cual pertenece.

3.3.2.           Entrega la documentación completa y solicita al Departamento de Servicio la Estudiante para ser trasladada al Director respectivo.

3.4   Para tramitar una convalidación interna, el director académico debe proceder de la siguiente manera:

 

3.4.1. Analiza con detalle la documentación presentada por el estudiante.

3.4.2. Resuelve la solicitud de acuerdo con la “Guía para autorizar equiparaciones de UMCA”, en un plazo no mayor a ocho días hábiles a partir de la fecha en que el estudiante entregó la documentación.

3.4.3 Entrega el resultado del estudio con la documentación completa: “Solicitud de convalidaciones internas o equiparaciones” y la “Guía para autorizar equiparaciones de UMCA”, al asistente de la Vicerrectoría de Docencia con el fin de validar esta primera revisión.

3.4.4.         Una vez ratificada la convalidación se entrega al Servicio al Estudiante quien comunica al estudiante el resultado de su solicitud.  No se debe cancelar ningún arancel por este trámite. El Departamento de Registro aplica en el sistema.