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Artículo 1.
Artículo 2. El estudiante de nuevo ingreso, al acercarse al Departamento de
Servicio al Estudiante para empadronarse en una carrera (para cualquiera
de los grados universitarios), recibirá información acerca de este
Seminario.
Artículo 3. El estudiante deberá matricular el S.A.I. en su primer cuatrimestre de
ingreso a
Artículo 4. En caso de no asistir al grupo de su escogencia, deberá volver a
matricularlo y cancelar nuevamente el arancel respectivo vigente. El no
participar en el S.A.I., no le permitirá contar con ese requisito de
graduación.
Artículo 5. Al estudiante que por razones debidamente justificadas y documentadas
(enfermedad, hospitalización, fallecimiento de un familiar de primer
grado, salida del país) no pueda presentarse al grupo matriculado, se le
otorgará el beneficio de matricularlo en el cuatrimestre inmediato
siguiente a su ingreso a
Artículo 6. Durante el S.A.I.,
Artículo 7. El Seminario tendrá una duración de tres horas, ejecutado en una única
sesión.
Artículo 8. En caso de inasistencia del facilitador en el horario correspondiente,
Artículo 9. Al ingreso al salón de clase preasignado, el estudiante se registrará
con su firma en un formulario existente, para tener certeza de que le
será registrada en su expediente su asistencia, con la condición de
“Aprobado”. Para lo anterior, el estudiante deberá permanecer en el
Seminario desde el momento de su inicio hasta que finalice.
Artículo 10. Si el estudiante se retira del salón antes de que culmine el
Seminario, le será computado como inasistencia, sin excepción alguna;
por lo tanto, le aparecerá en su expediente electrónico la condición de
“Reprobado” y deberá proceder a matricular de nuevo dicho Seminario.
Artículo 11. El Departamento de Registro procederá a incluir en el expediente
electrónico de cada estudiante la condición de “Aprobado” o “Reprobado”,
según sea el caso.
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